Argumentos a favor y en contra del derecho de manifestación

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a) Materiales para el debate[editar | editar código]

Grupo 1: Postura a favor[editar | editar código]

 

¿Deberían las organizaciones campesinas y populares hacer manifestaciones y bloqueos para plantear sus demandas al Estado?

 

1.    Lean los argumentos. Discutan en el grupo sus reacciones y agreguen otros argumentos que consideren importantes.

2.    Selecciones a dos representantes que participarán en el debate. Procuren que no sean las mismas personas que participaron en debates anteriores.

3.    El resto del grupo tendrá el papel de observar el debate para luego retroalimentarlo. Como observadores deberán anotar sus apreciaciones sobre la forma como se dio el debate.

Argumentos:

  • Debido a que las exigencias de nacionalización de la energía eléctrica y penalización por el desvío de ríos no han sido escuchadas, efectuaron ese tipo de medidas para ser escuchados por las autoridades, esta es la única forma en que se logra llamar la atención. 
  • El derecho a la manifestación pacífica, si bien es un derecho humano contenido en las libertades de reunión y de expresión, merece ser tratado de manera especial debido a que representa un modo de acción cívica para la exigencia y la defensa de derechos, altamente sensible a reacciones de gobierno y a políticas de Estado incompatibles con los derechos humanos – Situación de Manifestaciones Públicas. Informe Anual CIDH, 2005
  • La manifestación pacífica es uno de los derechos que más pone en evidencia el grado de respeto y responsabilidad de un Estado con los derechos humanos y la fortaleza de sus instituciones democráticas para evitar y prevenir el uso abusivo o violento del poder público en contra de los ciudadanos –El Derecho a la Manifestación Pacífica Civiles DDHH, 2014.
  • En sus maneras de convocatoria y organización, la manifestación pacífica adopta múltiples formas y puede ser llevada a cabo por personas, grupos de personas u organizaciones con el propósito de llamar la atención pública sobre ciertos asuntos ciudadanos y reclamar la urgente solución a los mismos. Están las protestas y concentraciones realizadas en espacios públicos, las huelgas y paros laborales –Principios de la OIT sobre el Derecho a Huelga, y las más extremas como las huelgas de  hambre –Declaración de Malta sobre Personas en Huelga de Hambre.
  • En las normas internacionales de protección de derechos humanos, la manifestación es además un derecho especialmente protegido porque representa una forma de expresión de la voluntad popular dentro de todas las posibilidades de conducta que ofrece una sociedad libre y democrática.
  • Es una obligación del Estado no interferir con el derecho a circular información, ideas y expresiones en una manifestación pacífica. La libertad de dar y recibir información protege de manera especialmente enérgica la expresión y difusión de informaciones en materia política y, más ampliamente, sobre asuntos de interés público. Por lo tanto, la protección de su libre difusión resulta especialmente relevante para la formación de la opinión pública.
  • Testimonio de manifestante 1: “Manifestamos porque el agua sea considerada como un derecho humano y público, bajo la responsabilidad y obligación de los gobiernos para proveerla. El agua es un ingrediente básico de la vida humana, por lo tanto es un bien y un derecho público de acceso universal. Como derecho humano todas las personas deben tener agua suficiente, segura y de calidad para uso personal y doméstico, disponer además en forma sustentable de este recurso para que pueda ser disfrutado por las generaciones presentes y futuras, pero con todo lo que le hacen a nuestro territorio ya no tendremos acceso a este derecho”.
  • Testimonio de manifestante 2: “Triste y lamentable es cuando algunos medios de comunicación, en vez de informar a la población la desinforman con sus publicaciones sin fundamentos de confiabilidad, distorsionan o manipulan la misma, para confundirnos. Queremos desmentir lo informado por algunos medios de comunicación a nivel nacional, en relación a la manifestación pacífica de parte de la población de Santa Cruz Barillas, Huehuetenango, en contra de la construcción de una Hidroeléctrica denominada Hidro Santa Cruz, el día de hoy. Ante  la presencia de 14 unidades de autopatrullas de la PNC, de otros departamentos del país y con un aproximado de 80 elementos anti-motines, quienes únicamente están plantados sin accionar hasta el momento en contra de los manifestantes, ni estos en contra de la PNC”.
  • Artículo 33 de la Constitución Política de la República: Derecho de reunión y manifestación. Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. Los derechos de reunión y de manifestación pública no pueden ser restringidos, disminuidos o coartados; y la ley los regulará con el único objeto de garantizar el orden público. Las manifestaciones religiosas en el exterior de los templos son permitidas y se rigen por la ley. Para el ejercicio de estos derechos bastará la previa notificación de los organizadores ante la autoridad competente.

Grupo 2: Postura en contra[editar | editar código]

 

¿Deberían las organizaciones campesinas y populares hacer manifestaciones y bloqueos para plantear sus demandas al Estado?

 

1.    Lean los argumentos. Discutan en el grupo sus reacciones y agreguen otros argumentos que consideren importantes.

2.    Selecciones a dos representantes que participarán en el debate. Procuren que no sean las mismas personas que participaron en debates anteriores.

3.    El resto del grupo tendrá el papel de observar el debate para luego retroalimentarlo. Como observadores deberán anotar sus apreciaciones sobre la forma como se dio el debate.

 

Argumentos:

De acuerdo al CACIF, las autoridades deberían estar garantizando que no se den acciones contrarias a la ley que afectan a todos los guatemaltecos, es decir que se sancione a quienes bloquean el paso.

Las autoridades de gobernación tienen el mandato oficial para que no se permitan estas manifestaciones porque tienen un impacto negativo para el comercio del país, las pérdidas podrían ser más o menos unos 50 millones de quetzales.

El Estado debe garantizar una apertura al dialogo y en ese sentido el país no debe detenerse con eso, se debe conciliar para solucionar los conflictos del país, pero no por esa vía, que solo agrava las cosas.

Constitución de la República Guatemala: Artículo 26 Libertad de locomoción. Toda persona tiene libertad de entrar, permanecer, transitar y salir del territorio nacional y cambiar de domicilio o residencia, sin más limitaciones que las establecidas por la ley.

Artículo 138. - Limitación a los derechos constitucionales. Es obligación del Estado y de las autoridades, mantener a los habitantes de la Nación, en el pleno goce de los derechos que la Constitución garantiza. Sin embargo, en caso de invasión del territorio, de perturbación grave de la paz, de actividades contra la seguridad del Estado o calamidad pública, podrá cesar la plena vigencia de los derechos a que se refieren los artículos, 26, 33, primer párrafo del artículo 35, segundo párrafo del artículo 38 y segundo párrafo del artículo 116. Al concurrir cualquiera de los casos que se indican en el párrafo anterior, el Presidente de la República, hará la declaratoria correspondiente, por medio de decreto dictado en Consejo de Ministros y se aplicarán las disposiciones de la Ley de Orden Público. En el estado de prevención, no será necesaria esta formalidad.

Manifestaciones sí, bloqueos no “Si desean manifestar, están en su derecho, pero sin restringir los derechos de los demás. Vedar por la vía de la fuerza el paso a las personas y obligar a que un país se pare con medidas de hecho, es inconstitucional y delictivo”.

El tráfico en Guatemala se ha vuelto un desafío, parte por la cantidad de carros que circulan, poco transporte público y calles y carreteras insuficientes o mal diseñadas. Adicionalmente se ha convertido una práctica que grupos, para solicitar recursos y hacerse notar, se organizan para bloquear las vías de acceso. Le llaman “manifestaciones” lo cual no existe duda de que cualquier guatemalteco lo pueda hacer, siempre y cuando no condicione o coarte la libertad de otros. Ya conocemos la forma de cómo operan algunos grupos determinados para conseguir rentas del Gobierno. Primero amenazan, hacen conferencias de prensa, anuncian su bloqueo –manifestación–, presentan un pliego irreal de peticiones y retan a los grupos empresariales para que interpongan amparos para generar choque y mucha notoriedad. Luego el día del evento, bloquean las carreteras, intimidan y enojan a la gente, se hacen largas colas, se pierden recursos económicos y distraen a la PNC y la PDH, instituciones atentas a que en los puntos de los bloqueos se conserve el orden y no haya violencia. Se ha dado que están armados con machetes, piedras y armas de fuego, utilizan niños –como escudos humanos y cobardía–. Los medios de comunicación están pendientes e informando y los ciudadanos cambiando planes para sufrir menos daño. 

== b)      Instrumento para observadores del debate == 

c)      Otra Técnica para el Debate:  LA PECERA[editar | editar código]

Objetivos:

Conocer ambos lados de una controversia, aprender a discutir y argumentar.

Descripción y propósito:

Esta actividad tiene este nombre (la "pecera") por la forma en que se colocan las sillas en la discusión.

Para esta modalidad de diálogo, se parte de una pregunta controversial. Se les presenta el tema a las y los estudiantes y luego se les pide que organicen 2 grupos de trabajo. A cada grupo se le asigna una posición “a favor” y “en contra”.

Al igual que en otras dinámicas de discusión, se les entrega a las y los estudiantes materiales para que puedan explorar y tener más información sobre el tema y sobre la posición que se les asignó. Luego se lleva a cabo el ejercicio de discusión.

Indicaciones

1.   Se colocan las sillas como aparecen en la imagen

2.   Dos o tres personas se sientan en las sillas del frente, una posición frente a la otra. El resto del grupo se sienta formando una media luna atrás.

La pecera.png

 

3.   Una vez que la discusión está abierta los representantes del grupo argumentan y defienden sus posiciones. Los estudiantes que están en la parte de atrás de ambos grupos escuchan atentamente la discusión.

4.   Cada grupo (posición) tiene un turno para hablar. Si un estudiante de la media luna quiere intervenir en la discusión se levanta, se para atrás del estudiante que está en la silla de representante y le toca el hombro para indicarle su interés en tomar la palabra. Entonces le cede el espacio y se coloca en la media luna. Así van interviniendo la mayor cantidad posible de estudiantes.

5.   La discusión se termina cuando la discusión se agota y/o cuando la mayoría de estudiantes han tomado el lugar de representante.

6.   La discusión se retroalimenta y evalúa en plenaria. 

Las “promesas” que los miembros de un equipo hacen uno al otro sobre su comportamiento.

Término introducido por Le Boterf, entendido como los conocimientos, procedimientos y actitudes que es preciso emplear para resolver una situación. Unos son recursos internos, que posee la persona, tales como conocimientos, procedimientos y actitudes