Diferencia entre revisiones de «Sección 2: La transformación curricular - Fundamentos del Currículo»

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== Referentes de la Transformación Curricular ==
 
== Referentes de la Transformación Curricular ==
  
Transformar significa: “1. Hacer cambiar de forma a alguien o algo. / 2. Transmutar algo en otra cosa. (Mudar o convertir algo en otra cosa.) / 3. Hacer mudar de porte o de costumbres a alguien.”<ref>[http://Diccionario%20de%20la%20Real%20Academia%20Española,%20versión%20en%20línea http://lema.rae.es/drae/?val=Transformar]</ref>
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Transformar significa: “1. Hacer cambiar de forma a alguien o algo. / 2. Transmutar algo en otra cosa. (Mudar o convertir algo en otra cosa.) / 3. Hacer mudar de porte o de costumbres a alguien.”<ref>[http://lema.rae.es/drae/?val=Transformar Diccionario de la Real Academia Española de la Lengua]</ref>
  
 
Cuando se habla de transformación curricular, significa que deben hacerse cambios: en este caso de costumbres, referidos al currículo. Esto implica que se introducirán modificaciones a los elementos y componentes, los actores, enfoques y otros procesos de enseñanza-aprendizaje. Una propuesta de cambio como ésta, que propone formar una nueva sociedad mediante la educación, se refleja en las leyes, acuerdos y compromisos de las últimas tres décadas. Estos constituyen los referentes de la transformación curricular:
 
Cuando se habla de transformación curricular, significa que deben hacerse cambios: en este caso de costumbres, referidos al currículo. Esto implica que se introducirán modificaciones a los elementos y componentes, los actores, enfoques y otros procesos de enseñanza-aprendizaje. Una propuesta de cambio como ésta, que propone formar una nueva sociedad mediante la educación, se refleja en las leyes, acuerdos y compromisos de las últimas tres décadas. Estos constituyen los referentes de la transformación curricular:
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* Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.  
 
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Revisión del 13:05 19 mar 2013

Referentes de la Transformación Curricular[editar | editar código]

Transformar significa: “1. Hacer cambiar de forma a alguien o algo. / 2. Transmutar algo en otra cosa. (Mudar o convertir algo en otra cosa.) / 3. Hacer mudar de porte o de costumbres a alguien.”[1]

Cuando se habla de transformación curricular, significa que deben hacerse cambios: en este caso de costumbres, referidos al currículo. Esto implica que se introducirán modificaciones a los elementos y componentes, los actores, enfoques y otros procesos de enseñanza-aprendizaje. Una propuesta de cambio como ésta, que propone formar una nueva sociedad mediante la educación, se refleja en las leyes, acuerdos y compromisos de las últimas tres décadas. Estos constituyen los referentes de la transformación curricular:

Referentes de la Transformación Curricular
La normativa jurídico – política interna y externa Acuerdo Ministerial 276 Declaraciones y Convenios Internacionales
  • La normativa jurídico – política interna y externa
  • Legislación existente en Guatemala en materia de educación.
  • Constitución Política de la República de Guatemala.
  • Ley de Educación Nacional – Decreto Legislativo 12-91.
  • Política de acceso a la educación para la población con necesidades educativas especiales.
  • Incorporación del Programa de Educación Fiscal en la Estructura Curricular del Nivel Primario y Medio del Sistema Nacional de Educación.
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos.
  • Convención de los Derechos del Niño (1989); ratificado en (1990).
  • Acuerdo Gubernativo No. 156-95.
  • Ley de Desarrollo Social – Decreto No. 42- 2000.
  • Política de Desarrollo Social y Población en materia de educación.
  • Ley General de Descentralización.
  • Ley de los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural.
  • Carta Internacional de Derechos Humanos.
  • Convenio 169 sobre los Pueblos Indígenas y Tribales (1989), Ginebra, Suiza; ratificado en 1994.
  • Convención Interamericana contra toda forma de Maltrato y Explotación de la Mujer (1996), Belén do Pará, Brasil; Ratificada en 1996.
  • Convenio 182, Sobre Peores Formas de Trabajo Infantil (1999), Ginebra, Suiza.
  • Declaración Mundial de Educación para Todos (1990); Jomtien, Tailandia.
  • Foro Consultivo Internacional sobre Educación para Todos (2000), Dakar, Senegal.
  • Ley de Fomento de la Educación Ambiental – Decreto No. 74-96 Decreto No. 27-2000.
  • Ley General para el Combate del Virus de Inmuno-deficiencia Adquirida – SIDA y de la Promoción, Protección y Defensa de los Derechos Humanos ante el VIH / SIDA.
  • Decreto 81-2002 Ley Educativa contra la discriminación Decreto 19-2003.
  • Ley de idiomas nacionales que oficializan el uso de idiomas indígenas en Guatemala.
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

Notas[editar | editar código]

Conjunto de experiencias, planificadas o no, que tienen lugar en los centros educativos como posibilidad de aprendizaje del alumnado. Una perspectiva tradicional acentúa el carácter de plan (con elementos como objetivos, contenidos, metodología y evaluación), frente a un enfoque práctico que destaca las experiencias vividas en el proceso educativo.

Documento por medio del cual el Despacho Superior del Ministerio resuelve o acuerda la resolución de un asunto. Es firmado y autorizado por el Ministro (a) y refrendado por un Viceministro (a).

Escrito que una persona le envía a otra para comunicarse con ella. Según su contenido, las cartas pueden ser de varios tipos.

(En fonología) Destrezas fonológica que consiste en distinguir los distintos “sonidos” o fonemas.