Marco Jurídico nacional

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Constitución Política de la República de Guatemala (1985)[editar | editar código]

La Constitución Política de la República de Guatemala es la norma jurídica fundamental y suprema del Estado de Guatemala, con rango superior al resto de leyes. Define los derechos y libertades de la ciudadanía guatemalteca y organiza el funcionamiento de los poderes públicos. Establece que la soberanía reside en el pueblo guatemalteco y desarrolla sus derechos fundamentales.

La Constitución también establece que tanto la Declaración de Derechos Humanos, como otras convenciones aprobadas y ratificadas por el Estado de Guatemala tienen preeminencia sobre el derecho interno y generalmente serán incorporadas a su marco jurídico interno. Esto es fundamental para comprender la relación con el marco jurídico internacional - visto en la primera parte de este módulo.

Desde el marco constitucional se establece que todas las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos. En este sentido el Estado tiene la responsabilidad de proteger y asegurar entornos libres de violencia, donde sus ciudadanos y ciudadanas puedan vivir en paz y lograr un desarrollo integral. Estas ideas quedan plasmadas en sus tres primeros artículos.

Título I, La persona humana, fines y deberes del Estado. Capítulo único.

  • Artículo 1. Protección a la Persona. El Estado de Guatemala se organiza para proteger a la persona y a la familia; su fin supremo es la realización del bien común.
  • Artículo 2. Deberes del Estado. Es deber del Estado garantizarles a los habitantes de la República la vida, la libertad, la justicia, la seguridad, la paz y el desarrollo integral de la persona.

Título II, Derechos Humanos. Capítulo I, Derechos Individuales.

  • Artículo 3. Derecho a la vida. El Estado garantiza y protege la vida humana desde su concepción, así como la integridad y la seguridad de la persona.

En su artículo 4 establece la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

Título II, Derechos Humanos. Capítulo I, Derechos Individuales.

  • Artículo 4. Libertad e igualdad. “En Guatemala todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos. El hombre y la mujer, cualquiera que sea su estado civil, tienes iguales oportunidades y responsabilidades”.

Los artículos 47 y 71 tienen relación con el embarazo temprano y el matrimonio infantil (temas sobre los que profundizará el Módulo 2_ conceptos básicos); el primero de los artículos mencionados reafirma la igualdad de derechos entre hombres y mujeres en el seno del matrimonio y el segundo de ellos, el derecho de las niñas y adolescentes en situación de especial vulnerabilidad a permanecer escolarizadas y a recibir el apoyo del Estado para poder continua sus estudios.

Título II, Derechos Humanos. Capítulo II. Derechos sociales. Sección primera. Familia.

  • Artículo 47. Protección a la familia. El Estado garantiza la protección social, económica y jurídica de la familia. Promoverá su organización sobre la base legal del matrimonio, la igualdad de derechos de los cónyuges, la paternidad responsable y el derecho de las personas a decir libremente el número y espaciamiento de sus hijos.

Título II, Derechos Humanos. Capítulo II. Derechos sociales. Sección cuarta. Educación.

  • Artículo 71. Derecho a la educación. Se garantiza la libertad de enseñanza y de criterio docente. Es obligación del Estado proporcionar y facilitar educación a sus habitantes sin discriminación alguna. Se declara de utilidad y necesidad públicas la fundación y mantenimiento de centros educativos culturales y museos.

La Constitución Política de la República también establece que todas y todos los ciudadanos guatemaltecos deben tener igual acceso a las oportunidades, a los recursos y que tienen las mismas responsabilidades como ciudadanos y ciudadanas. Algunos ejemplos de ello son la educación (artículo 71) y el trabajo (artículo 101) -artículo especialmente importante por las referencias que hace a la igualdad en las condiciones laborales y el abordaje de los derechos reproductivos y de crianza-.

Para saber más...

Constitución Política de la República de Guatemala, 1985.
https://www.ine.gob.gt/archivos/informacionpublica/ConstitucionPoliticadelaRepublicadeGuatemala.pdf

Título II, Derechos Humanos. Capítulo II. Derechos Sociales. Sección octava. Trabajo.

  • Artículo 101. Derecho al trabajo.
  • c) Igualdad de salario para igual trabajo prestado en igualdad de condiciones, eficiencia y antigüedad.
  • k) Protección a la mujer trabajadora y regulación de las condiciones en que debe prestar sus servicios. No deben establecerse diferencias entre casadas y solteras en materia de trabajo.
    La ley regulará la protección a la maternidad de la mujer trabajadora, a quien no se le debe exigir ningún trabajo que requiera esfuerzo que ponga en peligro su gravidez. La madre trabajadora gozará de un descanso forzoso retribuido con el cinto por ciento de su salario, durante los treinta días que precedan al parto y los cuarenta y cinco días siguientes. En la época de la lactancia tendrá derecho a dos períodos de descanso extraordinarios, dentro de la jornada. Los descansos pre y postnatal serán ampliados según sus condiciones físicas, por prescripción médica.

Acuerdos de Paz (1996)[editar | editar código]

Los Acuerdos de Paz contienen los compromisos alcanzados entre el Gobierno de Guatemala y la Unidad Revolucionaria Nacional Guatemalteca (URNG) sobre los temas clave imprescindibles para poner fin al conflicto armado interno, fortalecer la democracia y el Estado de Derecho. La negociación finalizó con la firma de los Acuerdos de Paz el 29 de diciembre de 1996 en el Palacio Nacional de la Cultura de Ciudad de Guatemala.

Los Acuerdos de Paz tratan de analizar y establecer soluciones a la desigualdad social y a la exclusión en los ámbitos sociales, políticos, económicos, culturales y participativos. Esta desigualdad coloca en una situación de mayor vulnerabilidad a las mujeres, la población indígena y a las y los habitantes de áreas rurales.

Algunos de los puntos específicos que se abordan en los Acuerdos de Paz sobre la situación de las mujeres son: la promoción de la participación política de las mujeres, el acceso a los recursos (económico, social) y a las oportunidades (educación, formación, salud, trabajo), la solicitud de tipificación de acoso sexual como delito, la creación de la Defensoría de la Mujer trabajo), la solicitud de tipificación de acoso sexual como delito, la creación de la Defensoría de la Mujer todos los ámbitos y la lucha contra la discriminación hacia las mujeres en todas las esferas de la vida.

En el acuerdo para el reasentamiento de las poblaciones desarraigadas por el enfrentamiento armado[1]; el capítulo III Integración productiva de las poblaciones desarraigadas y desarrollo de las áreas de reasentamiento aborda el compromiso del gobierno para facilitar a las mujeres el acceso a la tierra, a la vivienda, a créditos y a participar en los proyectos de desarrollo, así como a incorporar el enfoque de género en las políticas y programas.

El acuerdo de identidad y derechos de los pueblos indígenas[2]; el capítulo II Lucha contra la discriminación visibiliza los derechos de la mujer indígena y promueve de manera específica: la creación de la DEMI, el cumplimiento CEDAW y la promoción de una legislación que tipifique el acoso sexual como delito y considere como un agravante en la sanción de los delitos sexuales el que haya sido cometido contra una mujer indígena.

Los acuerdos sobre aspectos socioeconómicos y situación agraria[3]; contiene tres capítulos significativos: capítulo I Democratización y desarrollo participativo, capítulo II Desarrollo Social y capítulo III. Situación agraria y desarrollo rural. El primero de ellos insta la participación de la mujer en el desarrollo económico y social y con este fin, el gobierno se compromete a desarrollar estrategias, planes y programas en favor de las mujeres:

  • Reconocer la igualdad de derechos de la mujer y del hombre en el hogar, en el trabajo, en la producción y en la vida social y política y asegurarle las mismas posibilidades que al hombre, en particular para el acceso al crédito, la adjudicación de tierras y otros recursos productivos y tecnológicos.
  • Garantizar que la mujer tenga igualdad de oportunidades y condiciones de estudio y capacitación, y que la educación contribuya a desterrar cualquier forma de discriminación en contra suya en los contenidos educativos.
  • Garantizar a las mujeres el acceso, en igualdad de condiciones, a vivienda propia, eliminando las trabas e impedimentos que afectan a las mujeres en relación con el alquiler, al crédito y a la construcción.
  • Implementar programas racionales de salud integral para la mujer, lo cual implica el acceso a servicios apropiados de información, prevención y atención médica.
  • Garantizar el derecho de las mujeres al trabajo; impulsando su capacitación laboral, revisando la legislación nacional y sus reglamentaciones para eliminar cualquier forma de discriminación, reconociendo a las mujeres como trabajadoras agrícolas para efectos de valoración y remuneración de su trabajo, legislando en defensa de los derechos de la mujer trabajadora de casa particular, garantizando su derecho a organizarse y su participación en los niveles de decisión local, regional y nacional y promoviendo la gestión de las mujeres en la gestión gubernamental.

El capítulo II Desarrollo Social aborda la promoción de las mujeres en la educación y capacitación, en la salud, la seguridad social y el trabajo. Asimismo, dos aspectos a tener en cuenta en este capítulo son: la participación en la planificación, ejecución y fiscalización de la administración de los servicios y programas de salud, a través de los sistemas locales de salud y los Consejos de Desarrollo Urbano y Rural; y la asistencia médica y prestaciones relacionadas con enfermedad, maternidad, invalidez, vejez, sobrevivencia, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, empleo y familiares que debe comprender la seguridad social.

El capítulo III. Situación agraria y desarrollo rural implica por parte del Estado la promoción del fortalecimiento de las capacidades de las organizaciones de los pueblos indígenas, de asociaciones de productores, de los empresarios, de los sindicatos de trabajadores rurales, de las organizaciones campesinas y de mujeres o de las universidades y centros de investigación del país. Además, incentiva ampliar la participación de estas en el Consejo Nacional de Desarrollo Agropecuario (CONADEA), como el principal mecanismo de consulta, coordinación y participación social en la toma de decisiones para el desarrollo rural y el cumplimiento del capítulo.

Para saber más...

Acuerdos de Paz Guatemala, 1996.
http://www.sepaz.gob.gt/images/Descargas/Acuerdos-de-Paz.pdf

Finalmente, hay que apuntar que el acuerdo sobre el fortalecimiento del poder civil en una sociedad democrática[4] tiene un capítulo dedicado a la participación de la mujer en el fortalecimiento de este. Los puntos 59 y 60 respectivamente, explican el compromiso del gobierno: incentivar campañas de difusión y programas educativos para concientizar sobre el derecho de las mujeres a participar activa en el proceso de fortalecimiento del poder civil; adoptar políticas para favorecer la participación de la mujer; respetar, impulsar, apoyar e institucionalizar las organizaciones de las mujeres del campo y la ciudad; y determinar que en todas las formas de ejercicio del poder, se establezcan y garanticen oportunidades de participación a las mujeres organizadas o no.

Actividad 6: Resignificación de los Acuerdos de Paz


Objetivo
Profundizar en las consideraciones sobre género de los Acuerdos de Paz.

Temporalización
45 minutos. 25 minutos para el debate y 20 minutos para la puesta en común.

Recursos
Copias de cada línea de la tabla, papelógrafos, marcadores, masking tape.

Desarrollo de la actividad

  • En el documento de la Fundación Propaz titulado “Resignificando los Acuerdos de Paz”, algunas mujeres entrevistadas plantearon acciones sobre cómo resignificar los Acuerdos en materia de igualdad de género.
  • Se formarán cinco grupos con las y los asistentes. A cada grupo se le entregará una línea de la tabla y se le pedirá que discuta el contenido, su grado de necesidad, si está o no reflejado en la legislación y las políticas, así como su grado de cumplimiento desde que se realizaron los Acuerdos de Paz. Después se realizará una puesta en común.
Planteamiento Contenido
Cumplimiento a cabalidad de los marcos legales existentes y asignaciones presupuestarias específicas para
  • Garantizar la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer.
  • Garantizar la aplicación de la Política Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de la Mujeres Guatemaltecas 2008-2023 Plan de Equidad de Oportunidades 2008-2023.
Fomento de un nuevo diálogo social amplio que permita ampliar la agenda de temas para
  • Incorporar aquellos que no fueron incluidos en los Acuerdos de Paz pero son relevantes en la actualidad como:
  • Defensa del territorio y los recursos naturales (incluyendo rechazo a los proyecto de explotación del territorio y el desplazamiento forzado por construcción de hidroeléctricas).
  • Defensa de defensores/as de Derechos Humanos.
  • Violencia sexual contra los cuerpos de niñas, adolescentes y mujeres.
  • Derechos y salud sexual y reproductiva.
  • Economía sustentable y redes de intercambio.
  • Diversidad sexual, entre otros.
  • Ampliar la mirada y el concepto de identidad étnico-cultural contenido en los Acuerdos, porque muchas personas no están nombradas y, por tanto no existen en términos jurídicos, incurriendo en un etnocidio en la medida que no se nombrar o que se se incluyen en los datos estadísticos nacionales. Eso limita las garantías individuales y colectivas como pueblos originarios.
Reformas al Estado que permitan
  • La democratización del acceso a las oportunidades de desarrollo por la vía de la erradicación de las discriminaciones y opresiones y del fomento a la redistribución e intercambio de bienes.
  • La concreción de marcos legales elaborados por consensos donde se respeten las distintas posiciones ontológicas y respeto a las distintas formas de gobierno de los pueblos y territorios.
Reformas al sistema electoral y de partidos políticos para Fortalecer la participación de todos los sectores en la toma de decisiones, lo cual incluye mujeres, pueblos indígenas, jóvenes y todas las personas que han resultado excluidas hasta la actualidad. Además, garantizar la paridad y alternancia en todas las instituciones
Reformas o creación de marcos legales que apunten a
  • La reparación o la formulación de políticas afirmativas que sigan acortando brechas.
  • La aprobación de una Ley contra el acoso sexual que incluya el agravante cuando se trate de mujeres indígenas, como quedó consignado en el contenido de los Acuerdos de Paz.
  • La aprobación de una Ley para el reconocimiento de los derechos laborales de las trabajadoras de casa particular

Pregunta generadora para el debate

  • Retomando los temas planteados en los Acuerdos de paz ¿qué otras propuestas se deberían desarrollar para lograr la igualdad de género y luchar contra la violencia basada en género?

Ley para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Intrafamiliar. Decreto número 97-1996[editar | editar código]

Ley de Dignificación y Promoción Integral de la Mujer. Decreto número 7-99-1999[editar | editar código]

Ley de Desarrollo Social. Decreto número 42-2001[editar | editar código]

Ley de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia -PINA-. Decreto número 27-2003[editar | editar código]

Ley contra el Femicidio y otras formas de Violencia contra las Mujeres. Decreto número 22-2008[editar | editar código]

Ley contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de personas. Decreto número 9-2009[editar | editar código]

Ley para la Maternidad Saludable Integrado al Programa Nacional de Salud Reproductiva. Decreto número 32-2010[editar | editar código]

Ley de Acceso Universal y Equitativo de Servicios de Planificación Familiar Integrado al Programa Nacional de Salud Reproductiva. Decreto número 87-2005[editar | editar código]

Ley del Sistema de Alerta Alba-Keneth. Decreto número 28-2010[editar | editar código]

Política Nacional de Promoción y Desarrollo Integral de las Mujeres y Plan de Equidad de Oportunidades 2008-2023[editar | editar código]

Política Nacional de Juventud[editar | editar código]

Política Nacional de Empleo Digno 2017-2032[editar | editar código]

  1. Oslo, Noruega, 17 de junio de 1994.
  2. México, D.F., 31 de marzo de 1995.
  3. México, D. F. a 6 de mayo de 1996
  4. Ciudad de México, 19 de septiembre de 1996

En sentido descriptivo, el estado legal que garantiza la pertenencia a una comunidad política o nación. Como tal, garantiza un conjunto de derechos y deberes para los miembros reconocidos como ciudadanos. Además, en sentido normativo, que es el que más importa educativamente, la ciudadanía implica la condición de participar activamente en los asuntos públicos, de modo autónomo y asumiendo las responsabilidades que le correspondan. Un ciudadano es alguien que pertenece plenamente a su comunidad, que tiene en virtud de ello ciertos derechos y los correspondientes deberes, y que participa activamente en la vida pública. Estatus legal que otorga un conjunto de derechos y deberes, pertenencia a una comunidad con una identidad propia y capacidad para participar son, pues, tres caracteres que definen una concepción actual de “ciudadanía”.

(En fonología) Destrezas fonológica que consiste en distinguir los distintos “sonidos” o fonemas.

Término introducido por Le Boterf, entendido como los conocimientos, procedimientos y actitudes que es preciso emplear para resolver una situación. Unos son recursos internos, que posee la persona, tales como conocimientos, procedimientos y actitudes

Conjunto de modos de vida y costumbres, conocimientos y grado de desarrollo artístico, científico, industrial, en una época, grupo social, etc. (DLE). El sistema de creencias, valores, costumbres, conductas y artefactos que los miembros de una sociedad utilizan para enfrentar al mundo y a los demás, y que se transmiten de generación en generación a través del aprendizaje. En este sentido la cultura es fundamental en todo idioma y solo puede aprenderse por medio de la transmisión.

Crecimiento o aumento en el orden físico, intelectual o moral.

Consiste en identificar, cuestionar, reflexionar, analizar y tener en cuenta las diferencias y desigualdades entre mujeres y hombres, así como sus diferentes situaciones de partida, necesidades básicas e intereses estratégicos a la hora de diseñar y planificar cualquier actividad, proyecto, programa o política.

El género es un conjunto de valores, creencias e ideas sobre los comportamientos y actividades que en una determinada cultura son adecuados para las mujeres y los que son adecuados para los hombres, es decir, su identificación con la femineidad y con la masculinidad.

Se refiere a la igualdad de derechos, responsabilidades y oportunidades de las mujeres y de los hombres y de las y los jóvenes. Significa que los derechos, las responsabilidades y las oportunidades de los hombres y de las mujeres no deben depender de su sexo.